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Fecha: 27/07/2026 10:31:53

Categoría: Accesibilidad

Cuando las veredas se convierten en barreras

Para muchas personas, caminar por una vereda es un acto casi automático. Para otras, implica estar alerta a cada paso. Baldosas rotas, motos estacionadas, carteles, mesas de bares, ramas bajas o vehículos que invaden el espacio peatonal pueden convertir un recorrido de pocas cuadras en una verdadera carrera de obstáculos.
Estas situaciones suelen naturalizarse. Muchas veces se consideran simples molestias o problemas menores del espacio urbano. Sin embargo, para una persona ciega, una persona usuaria de silla de ruedas, una persona con movilidad reducida o incluso una persona que empuja un cochecito de bebé, pueden marcar la diferencia entre desplazarse con autonomía o verse obligada a detenerse, cambiar de recorrido o incluso bajar a la calle, con el riesgo que ello implica.
La accesibilidad del espacio público no depende de la buena voluntad de nadie ni debería quedar librada al compromiso individual de quienes utilizan o administran la ciudad. Es un derecho reconocido por la legislación nacional e internacional, y una responsabilidad que el Estado y la sociedad deben garantizar para que todas las personas puedan circular en condiciones de seguridad, autonomía e igualdad.
Porque una ciudad verdaderamente accesible no se mide solamente por la cantidad de rampas que construye. También se refleja en la posibilidad de recorrer una vereda sin que cada paso se convierta en un nuevo obstáculo.

Mucho más que un lugar para caminar
Las veredas forman parte del espacio público y cumplen una función esencial: permitir que las personas puedan desplazarse de un lugar a otro de forma segura. Sin embargo, con demasiada frecuencia parecen convertirse en espacios donde todo tiene lugar, excepto aquello para lo que fueron construidas: permitir el paso de los peatones.
Es común encontrar motos estacionadas sobre las veredas, vehículos que bloquean rampas, comercios que exhiben mercadería ocupando gran parte del paso, carteles publicitarios, mesas y sillas, bicicletas o baldosas rotas que llevan años sin repararse.
Cada uno de esos obstáculos puede parecer insignificante cuando se observa de manera aislada. Pero cuando se acumulan, convierten un recorrido cotidiano en un desafío permanente.
Para muchas personas, esquivar un cartel o rodear una moto puede representar apenas una molestia. Para otras, puede implicar perder la orientación, poner en riesgo su seguridad o verse obligadas a descender a la calzada, donde el tránsito vehicular suma un nuevo peligro.

La accesibilidad es un derecho, no una cortesía
Todavía existe la idea de que la accesibilidad es un gesto de buena voluntad o un beneficio destinado a un grupo reducido de personas. Sin embargo, la realidad es muy distinta.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad reconoce que las personas con discapacidad tienen derecho a acceder al entorno físico en igualdad de condiciones con las demás. Para que ese derecho sea efectivo, los Estados deben adoptar medidas destinadas a identificar y eliminar las barreras que impidan la participación plena en la vida comunitaria.
En Argentina, ese compromiso se refleja también en la Ley N.º 22.431 y en la Ley N.º 24.314, que incorpora la eliminación de barreras físicas y promueve que los espacios de uso público sean accesibles para todas las personas.
Esto significa que la accesibilidad es un derecho. Y, como todo derecho, debe garantizarse.
Si una persona no puede llegar a un hospital, a una escuela, a su lugar de trabajo o simplemente caminar por su barrio debido a las barreras del entorno, el problema no es su discapacidad. El problema es que el espacio público no está cumpliendo con la función para la cual fue pensado.
Cabe aclarar que, además de estas normas nacionales, cada provincia y cada municipio pueden establecer reglamentaciones específicas sobre construcción, mantenimiento y ocupación de las veredas. Esas disposiciones pueden variar según la jurisdicción, pero todas deben respetar los principios generales de accesibilidad reconocidos por la legislación nacional y por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Obstáculos que no siempre aparecen en las leyes
Hay situaciones que difícilmente encontraremos descritas en una norma jurídica, pero que forman parte de la realidad cotidiana.
Una de ellas es la presencia de personas en situación de calle que, al no contar con un lugar donde resguardarse, utilizan las veredas, los ingresos de edificios o los frentes de comercios para dormir.
Hablar de esta problemática requiere hacerlo con respeto y empatía.
Nadie debería verse obligado a vivir en la calle. Las personas en situación de calle también son titulares de derechos y merecen respuestas que les permitan acceder a una vivienda, protección y acompañamiento.
Pero reconocer esa realidad no implica ignorar otra.
Como persona ciega, sé por experiencia que encontrar a alguien durmiendo sobre una vereda puede representar un riesgo real. El bastón blanco permite detectar muchos obstáculos, pero un cuerpo acostado no siempre puede advertirse con suficiente anticipación. Esto puede provocar tropiezos, caídas o incluso lastimar involuntariamente a quien está descansando.
No se trata de responsabilizar a las personas en situación de calle.
Se trata de reconocer que, cuando dos grupos especialmente vulnerables ven afectados sus derechos por la ausencia de políticas públicas adecuadas, el problema no está en ninguno de ellos. El problema está en un Estado que no logra garantizar plenamente los derechos de ambos.

Una responsabilidad compartida
Quizás el problema más grande no sean las baldosas rotas, las motos sobre las veredas o los carteles que impiden el paso.
Quizás el problema más grande sea que dejamos de sorprendernos.
Nos acostumbramos a bajar a la calle porque la vereda está ocupada. Nos acostumbramos a que una rampa termine contra un automóvil estacionado. Nos acostumbramos a que un comercio utilice el espacio peatonal como una extensión de su local. Nos acostumbramos a que caminar implique esquivar obstáculos que nunca deberían estar ahí.
Y cuando algo se vuelve cotidiano, también deja de cuestionarse.
Tal vez por eso muchas personas siguen creyendo que la accesibilidad consiste únicamente en construir una rampa. Pero una ciudad accesible no termina donde empieza una rampa. La accesibilidad continúa en cada metro de vereda, en cada recorrido peatonal y en cada decisión cotidiana que permite —o impide— que una persona pueda desplazarse de manera segura.
Como persona ciega, no espero una ciudad perfecta. Sé que siempre existirán imprevistos y situaciones imposibles de evitar. Lo que sí espero es que las barreras evitables dejen de naturalizarse.
Sin embargo, cada una de esas situaciones termina limitando la autonomía de alguien. Y cuando una persona pierde autonomía por una barrera que podría haberse evitado, ya no estamos hablando de un simple inconveniente urbano. Estamos hablando de un derecho que deja de garantizarse.
Las leyes ya reconocen que la accesibilidad es un derecho. El desafío pendiente es que también lo entendamos como una responsabilidad compartida.
Después de todo, las veredas no fueron construidas para estacionar motos, exhibir mercadería o colocar carteles.
Fueron construidas para algo mucho más simple.
Para que las personas puedan caminar.

Marco normativo consultado

• Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, artículo 9 (Accesibilidad). Aprobada en Argentina por la Ley N.º 26.378 y con jerarquía constitucional otorgada por la Ley N.º 27.044.
• Ley Nacional N.º 22.431 – Sistema de Protección Integral de las Personas con Discapacidad.
• Ley Nacional N.º 24.314 – Modificatoria de la Ley N.º 22.431 sobre accesibilidad para personas con movilidad reducida.
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Autora: Ayelén Pacheco

Alias de donaciones: ayepachecon

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